lunes, 28 de enero de 2013

ESTADO DESMONTA ESQUEMAS DE SEGURIDAD PARA LÍDERES SOCIALES Y DIRIGENTES SINDICALES


Comités De Obreros y Trabajadores Ignacio Torres Giraldo - MODEP
                                                                              
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Pereira
– Risaralda, Colombia, enero de 2013



El pasado 7 de enero del año en curso fue dada a conocer la Resolución Nº 0085 de la Unidad Nacional de Protección –UNP-, mediante la cual le fueron retirados los esquemas de seguridad a 14 dirigentes sindicales, entre los cuales se encuentran los compañeros: ORLANDO OSPINA LOAIZA, Secretario Nacional de Derechos Humanos en SINTRAEMSDES y activista del Movimiento por la Defensa de los Derechos del Pueblo –MODEP-, quien fuere retirado arbitrariamente del esquema colectivo de seguridad asignado a SINTRAEMSDES Subdirectiva Pereira, y ESPERANZA CARDONA, presidenta de ANTHOC Subdirectiva Chinchiná, quien en la actualidad se desempeña como Vicepresidenta del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos –CPDH Caldas-.  A estos 14 casos se suman los de JUAN CARLOS MARTÍNEZ y RUBIO ARIEL OSORIO de EDUCAL, LUVIER OCHOA DE SINTRAELECOL Caldas y HÉCTOR GARCÍA, dirigente sindical caldense.

Frente al caso del compañero ORLANDO OSPINA, quien cuenta con medidas cautelares asignadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el pasado 10 de enero fue informado por parte de la Unión Temporal Coordinación de Escoltas, quienes le comunicaron que le retirarían el esquema de seguridad, verbigracia la Resolución Nº 0085.  Sin embargo, el compañero en ningún momento fue notificado por el Ministerio del Interior y Justicia, la UNP, ni el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas –CERREM–, pues ni siquiera le hicieron un estudio de riesgo que justificara esta lesiva determinación.  Además, atemoriza que la desvinculación del compañero del esquema colectivo de seguridad asignado a SINTRAEMSDES, sea una táctica para ir levantando poco a poco las medidas de protección asignadas al sindicato.

Respecto al compañero LUVIER OCHOA, es de anotar que el pasado 11 de enero sufrió un atentado en su casa luego que un motorizado disparara en tres oportunidades contra su lugar de residencia, causándole una lesión menor en su abdomen[1].  Luego de los disparos este desconocido arrojó un paquete que contenía un panfleto por medio del cual le pedían que renunciara a su trabajo.

Y las amenazas no cesan.  Hace poco el fiscal de SINTRAELECOL Caldas, RAMÓN MARINO, recibió una amenaza, estando ad portas del proceso de negociación con la empresa CHEC.  Además, el 21 de enero la Central Unitaria de Trabajadores –CUT- recibió en Bogotá un panfleto con amenazas proferidas por el grupo paramilitar Los Rastrojos contra la CUT y subdirectivas de sus sindicatos filiales: SINALTRAINAL, SINTRAMINERGÉTICA, SINTRAMETAL, MOVICE, ANTHOC, SINTRAELECOL, ADEBA, SINTRAOFIUA, SINTRAEMSDES y SINTRAUNICOL.

¿Y quién realiza los estudios de riesgo en Colombia?: la UNP, a la cual recientemente fueron vinculados funcionarios del desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad –DAS-, responsable de interceptaciones ilegales a las comunicaciones de sindicalistas y reconocidos dirigentes nacionales, falsos positivos, seguimientos, allanamientos ilegales, montajes judiciales y demás conductas delictivas.  Por tanto, tales estudios de riesgo carecen de objetividad pues son realizados por funcionarios que se han comportado como enemigos del sindicalismo en Colombia; de ahí que la mayoría de los estudios de riesgo califiquen con nivel ordinario.

Frente al tema, la Sentencia T-719 de 2003 conceptualizó como nivel de riesgo ordinario a “aquel soportado por todos los ciudadanos en condiciones de igualdad dado el hecho de su convivencia en sociedad”; sin embargo, no se puede afirmar que los sindicalistas tienen el mismo riesgo que un ciudadano del común, pues sus denuncias contra la patronal y el Estado los hace vulnerables debido al conflicto armado y al terrorismo de Estado; por consiguiente su riesgo es extraordinario, cuando no extremo o consumado, dependiendo del caso.

Por tal razón, la Sentencia T-750 de 2011 planteó lo siguiente: “el ejercicio de la protesta social para la mejora de las condiciones de los trabajadores y la garantía de sus derechos humanos, ha puesto en riesgo la vida y la integridad de los líderes sindicales y de sus familias.  Así, solo en el 2009 se cometieron 48 homicidios contra sindicalistas, y se denunciaron al menos 400 ataques contra la libertad, la integridad física y la vida de estos, incluyendo conatos de homicidio.  De este modo, los líderes y activistas sindicales son en la actualidad una población que merece especial protección constitucional en cuanto tiene que ver con su derecho a la seguridad personal.” [Subrayado propio]

Consideramos que este masivo retiro de los esquemas de seguridad de muchos sindicalistas y líderes sociales en el país coincide con la firma del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, puesto que ya no existe la presión internacional que había sobre Colombia para que respete los Derechos Humanos, como condicionante para su firma y entrada en vigencia.

Por todo lo anterior, responsabilizamos al Estado Colombiano por la vida, seguridad personal e integridad física y psicológica de los compañeros ORLANDO OSPINA LOAIZA, ESPERANZA CARDONA, JUAN CARLOS MARTÍNEZ, RUBIO ARIEL OSORIO, LUVIER OCHOA, HÉCTOR GARCÍA y RAMÓN MARINO.


¡EXIGIMOS LA REACTIVACIÓN DEL ESQUEMA DE SEGURIDAD DE LOS COMPAÑEROS DESPROTEGIDOS POR EL ESTADO!


[1] http://www.lapatria.com/sucesos/denuncian-atentado-contra-sindicalista-caldense-24011